Análisis jurídico de la desigualdad laboral en Colombia
Tema y alcance: el principio de igualdad es un pilar de los Estados democráticos, como lo es Colombia. La Constitución Política expedida en 1991 le da una nueva connotación a este principio, por ello su escogencia para demostrar que no se cumple en Colombia. La Corte Constitucional colombiana se ha ocupado del tema en múltiples ocasiones, que dan la pauta para analizar el alcance y la repercusión que este principio fundamental tiene en materia laboral, de lo cual depende en parte la estabilidad del individuo.
Características: el documento permitirá estudiar las disposiciones de orden constitucional y legal sobre el tema, como también la posición de la jurisprudencia y la doctrina en la aplicabilidad del principio de igualdad en las relaciones laborales del país. Es vital tener en cuenta que los principios fundamentales, y entre ellos el de igualdad, son una garantía para el ciudadano partícipe del Estado Social de Derecho, en donde lo primordial es el respeto por la dignidad y la persona humana; por ende, se protege algo vital para ella como el trabajo.
Hallazgos: la igualdad es un derecho fundamental en casi todas las jurisdicciones del mundo; por ende, revisar sus raíces jurídicas y su puesta en marcha a partir de la Carta de 1991 es preponderante en este estudio. Es trascendental que exista igualdad en las relaciones laborales, ya que si esta es inexistente, se cae en relaciones inequitativas.
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Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA T-422 DE 1992. (M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz; junio 19 de 1992).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-071 DE 1993. (M.P. Alejandro Martínez Caballero; febrero 25 de 1993).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-230 DE 1994. (M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz; mayo 25 de 1994).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-372 DE 1998. (M.P. Fabio Morón Díaz; julio 21 de 1998).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-247 DE 2001. (M.P. Carlos Gaviria Díaz; febrero 27 de 2001).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-967 DE 2003. (M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra; octubre 21 de 2003).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-1004 DE 2005. (M.P. Jaime Araujo Rentería; octubre 3 de 2005).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-823 DE 2006. (M.P. Jaime Córdoba Triviño; octubre 4 de 2006).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-825 DE 2006. (M.P. Jaime Araujo Rentería; octubre 4 de 2006)
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-310 DE 2007. (M.P. Nilson Pinilla Pinilla; mayo 3 de 2007).
Escuela Nacional Sindical. La discriminación laboral tiene cara de mujer. REVISTA CULTURA Y TRABAJO 77. Julio de 2009.
Lessandro Pizzoruso. LECCIONES DE DERECHO CONSTITUCIONAL. Centro de Estudios Constitucionales. (1984).
Lizandro Alfonso Cabrera-Suárez. El significado real de que Colombia sea un Estado Social de Derecho. DIXI 27. Agosto de 2018. Disponible en: https://doi.org/10.16925/di.v20i27.2390
Organización Internacional del Trabajo (OIT). C100. Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100). OIT. (1951). Disponible en: https://cutt.ly/JRXbhf4
Organización Internacional del Trabajo (OIT). Convenio 111. Discriminación en materia de empleo y ocupación. OIT. (1960). Disponible en: https://cutt.ly/bRXbxUV
Presidencia de la República. Decreto Ley 3743 de 1950. Por el cual se modifica el Decreto número 2663 de 1950, sobre Código Sustantivo del Trabajo. Diciembre 20 de 1950. DO N.° 27.504.




