Lex artis y dispraxis implicaciones bioéticas y ética biojurídica
un problema para la práctica odontológica
Introducción: La lex artis odontológica es el cúmulo de preceptos y reglas para tratar adecuadamente a los pacientes, mientras que la dispraxis hace referencia a la mala práctica por incompetencia, que va desde la falta de habilidad o experiencia, así como la imprudencia o la negligencia que puede cometer un odontólogo en su ejercicio profesional.
Objetivo: determinar la asociación entre la lex artis dispraxicas en el marco ético-deontológico-jurídico de la práctica odontológica en el sistema de salud venezolano y sus implicaciones bioéticas y ética biojurídica relacionada con la responsabilidad profesional.
Materiales y métodos: investigación descriptiva transversal con una muestra intencionada aleatoria de 100 odontólogos a través una encuesta anónima estandarizada.
Resultados: en la respuesta de la encuesta basada en los artículos del Código de Deontología Odontológica, más del 80% de los odontólogos encuestados desconocían lo contentivo en los artículos 8, 10 y 11 lo que propicia su transgresión. Por otra parte, el 60% transgrede los principios de buena reciprocidad y confraternidad en su ejercicio profesional estipulado en el artículo 41 y 42. Por último el 70% incurre en la práctica que transgrede el artículo 81 del mencionado código.
Conclusión: en la formación académica profesional del odontólogo es necesario fortalecer preceptos basados en los principios bioéticos para ejercer una lex artis odontológica que no incurra en la práctica dispraxica que genere implicaciones éticas jurídicas en el ejercicio de la odontología enfocada en la responsabilidad profesional.
Cómo citar
Licencia
Derechos de autor 2019 Revista Nacional de Odontología

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.
El autor debe declarar que su trabajo es original e inédito y que no se ha postulado a evaluación simultánea para su publicación por otro medio. Además, debe asegurar que no tiene impedimentos de ninguna naturaleza para la concesión de los derechos previstos en el contrato.
El autor se compromete a esperar el resultado de evaluación de la Revista Nacional de Odontología, antes de considerar su presentación a otro medio; en caso de que la respuesta de publicación sea positiva, adicionalmente, se compromete a responder por cualquier acción de reivindicación, plagio u otra clase de reclamación que al respecto pudiera sobrevenir por parte de terceros.
Asimismo, debe declarar que, como autor o coautor, está de acuerdo por completo con los contenidos presentados en el trabajo y ceder todos los derechos patrimoniales, es decir, su reproducción, comunicación pública, distribución, divulgación, transformación, puesta a disposición y demás formas de utilización de la obra por cualquier medio o procedimiento, por el término de su protección legal y en todos los países del mundo, al Fondo Editorial de la Universidad Cooperativa de Colombia, de manera gratuita y sin contraprestación presente o futura.
Vila Morales D. Bioética y ética biojurídica desde la perspectiva del Derecho Estomatológico. Rev. Cubana Estomatol. 2015; 52 (Suppl 1): 76-84. Disponible en: http://www.revestomatologia.sld.cu/index.php/est/article/view/816
Araujo-Cuauro JC. La biojurídica o el bioderecho como mediador de los nuevos dilemas biomédicos. Revista Telos. 2019; 21(3). https://doi.org/10.36390/telos213.06
Celi Frugoni A. Conflictos bioéticos y biojurídicos en la salud pública Global. Revista Direitos Humanos e
Democracia. 2015; 3(5): 29-46. https://doi.org/10.21527/2317-5389.2015.5.29-46
Cornejo Plaza MI. Naturaleza jurídica de las Declaraciones Internacionales sobre Bioética. Revista de Bioética y Derecho, 2015; (34): 26-36. https://doi.org/10.1344/rbd2015.34.12064
Schaefer Rivabem F. Bioderecho: ¿una disciplina autónoma? Revista Bioética, 2017; 25 (2): 282-289.
Díaz-Torres LM. Implicaciones bioéticas de la dispraxis odontológica y su relación con la formación educativa. Colombia Forense. 2017; 4(2): 39-45. https://doi.org/10.16925/cf.v4i2.2240
Hardy-Pérez AE, Rovelo-Lima JE. Moral, ética y bioética. Un punto de vista práctico. Revista de Medicina e Investigación. 2015; 3(1): 79-84. https://doi.org/10.1016/j.mei.2015.02.007
Perea Pérez B, Labajo González ME, Sáez AS, Albarrán Juan ME. Responsabilidad profesional en Odontología. Revista Española de Medicina Legal. 2013; 39(4): 149-156.
Cornejo Plaza I, García Llerena VM. De la Bioética a la Biojurídica: el principialismo y sus alternativas. Acta bioeth. 2012; 18(2): 273-274. http://dx.doi.org/10.4067/S1726-569X2012000200016
Gutiérrez Samperio C, Barrachina Vila-Coro MD. Bioética y biojurídica. Med. y Ética: Rev. Int. de Bioética, Deontología y Ética Médica, 2007;18(1): 53-70. Disponible en: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2770507
Martínez Gómez JA. Biojurídica: una aproximación a su configuración como disciplina y cuestiones básicas a resolver. Bioética. 2014:1-9. http://www.cbioetica.org/revista/143/143_0410.pdf
Chávez-Fernández J. El fundamento antropológico del bioderecho. Una reflexión biojurídica. Cuadernos de Bioética. 2015; XXVI, 2015. Disponible en: http://aebioetica.org/revistas/2015/26/86/13.pdf
Sánchez Cámara I. El bioderecho y la protección jurídica de la vida: el caso del aborto. Arbor. 2019; 195(792).
Rodríguez-Toubes Muñiz J. Deontología de las profesiones jurídicas y derechos humanos. Cuadernos Electrónicos de Filosofía del Derecho. 2010; (20): 92-118.
Lailla JM. La normopraxis o el bienhacer del médico. Gaceta Electrónica SEGO. 2011; (68):. Disponible en: http://mariacristinacortesi.blogspot.com/2012/01/la-normopraxis-o-el-bienhacer-del.html
Araujo-Cuauro JC. Cuando la responsabilidad profesional del ejercicio de la odontología puede constituirse en un delito según el ordenamiento jurídico venezolano. Acta Odont. Venez. 2018; 56(1): 92-11. Disponible en:
https://www.actaodontologica.com/ediciones/2018/1/art-8/
Parra Sepúlveda, DA. La evolución ético-jurídica de la responsabilidad médica. Acta bioeth. 2014; 20(2): 207-213.
Vila Morales D. Teoría del Derecho Médico. La Habana: ECIMED; 2013.
Suárez-Ponce D, Watanabe-Velásquez R, Zambrano de la Peña S, Anglas-Machacuay A, Romero-Álvarez V, Montano-Rubín de Celis Y. Bioética, principios y dilemas éticos en Odontología. Odontol. Sanmarquina. 2016; 19(2): 50-52. http://dx.doi.org/10.15381/os.v19i2.12919
Tirado Álvarez MM, Guerra García YM. Aportes de la bioética a la política criminal: la biojurídica como herramienta útil para la resolución de dilemas en el derecho penal. Revista Facultad de Derecho y Ciencias Política. 2019; 49(131): 450-477.
Rivera López E. Derecho y Bioética. En JLF Zamora y AN Vaquero (Eds.), Enciclopedia de filosofía y teoría del derecho. Vol III. Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas; 2015. p. 2735-2747.
Congreso de la República de Venezuela. Código Civil de Venezuela. Gaceta No. 2990 Extraordinaria. 1982.
Asamblea Nacional de la República de Venezuela. Código Penal de Venezuela. Con Ley de Reforma Parcial, según Gaceta Oficial Nº 5.768, Extraordinario. Editorial Hermanos Vadell. 2005.
Congreso de la Republica de la República de Venezuela. Ley del Ejercicio de la Odontología. Gaceta Oficial No. 29288. 1970.
Colegio de Odontólogos de Venezuela. Código de Deontología Odontológica. aprobado durante la XIX convención ordinaria del Colegio de Odontólogos de Venezuela. 1992




