Antecedentes de la familia de crianza en Colombia y en las figuras similares implementadas en Argentina y México
Abogado. Especialista en Derecho Inmobiliario, Notarial y Urbanístico. Magíster en Derecho Privado de la Universidad Libre, sede Cúcuta (Colombia).
email: nilsonhiguera@hotmail.com

Universidad Libre
Abogada. Especialista en Derecho Comercial de la Universidad Autónoma de Bucaramanga (Colombia). Magíster en Derecho Privado de la Universidad Libre, sede Cúcuta (Colombia).
email: masilvaguevara@gmail.com
La concepción de la familia ha cambiado a partir de los nuevos paradigmas constitucionales y convencionales. Esto ha implicado el reconocimiento de nuevas tipologías de familia, entre ellas las que se generan como producto de los lazos afectivos y de solidaridad entre sus integrantes, y que van más allá de la filiación biológica o jurídica. Los integrantes de este tipo de familia pueden ejercer sus derechos bajo los parámetros de igualdad y conforme al rol de padres, madres, hijos e hijas que ejerzan en su entorno familiar. El vínculo filial generado como producto de la crianza y el afecto ha sido reconocido a partir de la adopción de criterios que, en el caso de Colombia, se ha denominado familia de crianza, mientras que en países como Argentina y México se han adoptado criterios como la socioafectividad y la realidad social consolidada, respectivamente, los cuales guardan grandes similitudes respecto a su desarrollo doctrinal. En el presente texto, se abordará, mediante un ejercicio comparado, el desarrollo que se ha dado sobre este tema en los tres países.
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