Perspectivas filosóficas de los valores superiores : Un intento de redefinición como identidad y patrimonio de los pueblos
Universidad de Oriente
Magíster en Derecho Civil y de Familia. Profesora auxiliar, Universidad de Oriente, Santiago de Cuba, Cuba.
email: lgalban@uo.edu.cu
Universidad de Oriente
Doctora en Filosofía. Profesora Consultante, Universidad de Oriente, Santiago de Cuba.
email: neris@uo.edu.cu
Propósito: ofrecer una redefinición de los valores constitucionales, considerándolos como parte de la identidad y el patrimonio intangible de los pueblos, producto de condicionantes históricas, políticas, económicas y socio-culturales concretas.
Descripción: se desarrolla una breve retrospectiva de las principales concepciones de los valores en el pensamiento iusfilosófico, se responden interrogantes tales como si el reconocimiento de valores por las constituciones es producto del azar histórico, por qué tienen el apelativo de “superiores” o “supremos” del ordenamiento jurídico, si forman o no parte del Derecho positivo, cuál es su relación con los derechos y si es suficiente con su reconocimiento constitucional para lograr su efectiva realización en la sociedad.
Punto de vista: los valores reconocidos en las constituciones expresan ideologías, ideales, aspiraciones, son reflejos de pensamientos sociales, políticos, iusfilosóficos e irradian a todos los órdenes derivados de la Constitución.
Conclusiones: los valores superiores son parte de la identidad y del patrimonio intangible de los pueblos, especialmente cuando su reconocimiento es producto de procesos constituyentes democráticos, cuentan con la supremacía jerárquica de la fuente de dónde provienen, forman parte del derecho positivo y pueden ser directamente invocables, interpretables y aplicables.
aa. vv. v Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional. 1ª ed. unam, Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional. (1998).
Abelardo Torré. Introducción al Derecho. 14ª ed. Abe-ledo-Perrot. (2003).
Alfredo Stern. La Filosofía de los valores. Trad. Humberto Piñera-Llera. Minerva. (1944).
Alicia Rendón López. El otro triángulo de las Bermudas: el amor, la felicidad y la justicia social. Revista Amicus Curiae 1. Segunda época 2. 2013.
Andrzej Grabowski. Clasificar valores en el derecho. Sobre la concepción de Manuel Atienza y Juan Ruiz Manero. Doxa 20. 1997. Págs. 443-456.
Ángel Mariño-Castellanos, Josefina Méndez-López y Danelia Cutié-Mustelier. Los valores superiores del ordenamiento jurídico, pilar básico del texto constitucional. Revista Barco de Papel. Memorias de la iv Conferencia Científica sobre Derecho. Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente-Facul-tad de Derecho Eugenio María de Hostos. Ma-yagüez de Puerto Rico. 6-8 de octubre de 1998. Págs. 149-150.
Antonio Manuel Peña-Freire. La garantía en el Estado constitucional de derecho. Trotta. (1977).
Antonio Ruggeri. Balances entre valores constitucionales y teorías de las fuentes. Teoría y Realidad Constitucional 12-13. 2003, segundo semestre. Págs. 155-180.
Aristóteles. Ética a Nicómaco. Edición del Centro de Estudios Constitucionales. (1985).
Bartolo Pablo Rodríguez-Cepeda. Metodología jurídica. 7ª reimpresión. Oxford University Press. (2006).
Bertrand Russell. Religión y Ciencia. Fondo de Cultura Económica. (1956).
Carlos Cossío. Los valores jurídicos. Anuario de Filosofía del Derecho 4. 1956. Págs. 27-92.
Carlos de la Torre-Martínez. La recepción de la filoso-fía de los valores en la filosofía del derecho. unam, Instituto de Investigaciones Jurídicas. (2005).
Carlos Santiago Nino. Justicia. Doxa 14. 1993. Págs. 61-74.
Carlos Villabella-Armengol. La axiología de los derechos humanos en Cuba. Comp. Lissette Pérez-Hernández y Martha Prieto-Valdés. Temas de Derecho Constitucional Cubano. Félix Varela. (2002).
Chaim Perelman. De la Justicia. Trad. Ricardo Guerra. Centro de Estudios Filosóficos. unam, Dirección General de Publicaciones. (1964).
Constitución Española de 1978 [Const]. (España). Disponible en http://www.boe.es/buscar/pdf/1978/BOE-A- 1978-31229-consolidado.pdf
Constitución del Salvador de 1983. [Const]. (El Salvador). Disponible en http://pdba.georgetown.edu/Constitu-tions/ElSal/constitucion.pdf
Constitución Política de Colombia de 1991. [Const]. Julio 7 de 1991. (Colombia). Disponible en http://pdba.geor-getown.edu/Constitutions/Colombia/vigente.html
Constitución de la Nación Argentina de 1994. [Const]. (Argentina). Disponible en http://pdba.georgetown.edu/Constitutions/Argentina/argen94.html
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. [Const]. (Venezuela). Disponible en http://www.mp.gob.ve/LEYES/constitucion/constitucion1.html
Constitución Política del Estado de Bolivia de 2009. [Const]. (Bolivia). Disponible en http://pdba.georgetown.edu/Constitutions/Bolivia/bolivia09.html
Constitución de la República Dominicana de 2010. [Const]. (República Dominicana). Disponible en http://pdba.georgetown.edu/Constitutions/DomRep/vigente.html
Corte Constitucional de Colombia. Sentencia 126/98. (mp Alejandro Martínez C.: Abril 1 de 1998). Disponible en http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1998/ C-126-98.htm
Corte Constitucional de Colombia. Sentencia 479/13. (mp José G. Hernández y Alejandro Martínez C.: Agosto 13 de 1992). Disponible en http://www.corteconstitucio-nal.gov.co/relatoria/1992/c-479-92.htm
Friedrich August von Hayek. Derecho, legislación y libertad. Normas y orden. Vol. i. Unión Editorial. (1978).
Edmund Husserl. Investigaciones lógicas. Trad. Manuel García Morente y José Gaos. Alianza. (2001).
Francesco Orestano. Los valores humanos. Trad. Vicente Paúl Quintero. Argos. (1947).
Francisco Javier Díaz Revorio. Valores superiores e interpretación constitucional. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. (1997).
Francisco Javier Díaz-Revorio. Sobre los valores en la Filosofía Jurídica y en el Derecho Constitucional. Revista Brasileira de Direito Constitucional- rbdc 19. Enero/junio de 2012.
Freddy Fernando Fayad-Sandoval. Hermenéutica: el aporte alemán a la interpretación de la ley. Dixi 15(18). Ju-lio-diciembre de 2013. Págs. 133-136.
Gregorio Peces-Barba Martínez. Introducción a la Filo-sofía del Derecho. Editorial Debate. (1990).
Gregorio Peces-Barba Martínez. Los valores de Europa. Anuario Residencia de Estudiantes “Fernando de los Ríos” de 1995-1996. Págs. 173-187.
Gregorio Peces-Barba Martínez. Los valores superiores. Anuario de Filosofía del Derecho 4. 1987. Págs. 373-388.
Gustav Radbruch. El hombre en el derecho. Depalma. (1980).
Herbert Lionel Adolphus Hart. El Concepto de Derecho. Trad. Genaro R. Carrió. Abeledo Perrot s. a. (1998).
Herbert Lionel Adolphus Hart. Post Scríptum al Concepto del Derecho. Trad. Rolando Tamayo y Salmorán. unam, Instituto de Investigaciones Jurídicas. (2000).
Hans Kelsen. Teoría pura del derecho. Trad. de la 2ª ed. en alemán por Roberto J. Vernengo. unam, Instituto de Investigaciones Jurídicas. México. (1982).
Hans Kelsen. ¿Qué es la Justicia? Trad. Leonor Calvera. Ediciones elaleph.com. (2000).
Henrich Rickert.Ciencia cultural y Ciencia natural. Espasa-Calpe s. a. (1937).
I. S. Narski. La filosofía de Europa Occidental en el siglo xviii. Pueblo y Educación. (1985).
Immanuel Kant. Crítica de la razón pura. Trad. Manuel G. Morente. Librería General de Victoriano Suárez. (1928). Disponible en http://www.cervantesvirtual.com
Jean Jaques Rousseau. El contrato social. 4a ed. unam, Instituto de Investigaciones Jurídicas. (1984).
Julián Marías. Historia de la filosofía. Alianza Universidad. (1986).
Jesús David Vega-Millán. El bloque de constitucionalidad, la justicia y la seguridad jurídica implícitos en la configuración del funcionario de hecho. Dixi 17(21). Enero- junio de 2015. Págs. 91-104.
John Rawls. Justicia como equidad. Materiales para una teoría de la justicia. Tecnos. (1986).
John Rawls. Teoría de la justicia. Trad. María D. González. Fondo de Cultura Económica. (1979).
John Rawls. La justicia como equidad. Una reformulación. Trad. Andrés de Francisco. Paidós. (2002).
José Juan Anzures-Gurría. La eficacia horizontal de los derechos fundamentales. Cuestiones Constitucionales: Revista mexicana de Derecho Constitucional 22. Enero-junio de 2010.
José Ortega y Gasset. ¿Qué son los valores? Una introducción a la estimativa y España invertebrada. Obras Completas. Revolución de Occidente. (1946-1947).
José Ramón Fabelo Corzo. Los valores y sus desafíos actuales. José Martí. (2003).
Julio Fausto Fernández. Los Valores y el Derecho. Ministerio de Cultura. Departamento Editorial. (1957).
Julio Fernández Bulté. Filosofía del Derecho. Félix Varela. (2005).
Karl Larenz. La filosofía contemporánea del Derecho y del Estado. Trad. Eustaquio Galán-Gutiérrez y Antonio Truyol Serra. Revista de Derecho Privado de 1942.
Lautaro Ríos-Álvarez. Trascendencia de los valores en las constituciones políticas de Chile y España.Estudios Constitucionales: Revista del Centro de Estudios Constitucionales 1. Año 1 de 2003. Pág. 757-781.
Lizandro Cabrera. El control de convencionalidad y la protección de los derechos humanos en Colombia. Dixi 16(19). Pág. 53-70.
Luciano Parejo-Alfonso. Constitución y los valores del ordenamiento. Centro de Estudios Ramón Areces s. a. (1990).
Luis M. Cruz. La Constitución como orden de valores. Re-flexiones en torno al neoconstitucionalismo. Díkaion 18. Año 23. Diciembre de 2009. Págs. 11-31.
Luis Martínez-Roldán. Valores y normas jurídicas. Derechos y Libertades: Revista de filosofía del derecho y derechos humanos 19. Época ii. Junio de 2008. Págs. 99-122.
Luis Prieto-Sanchís. Sobre principios y normas. Centro de Estudios Constitucionales. (1992).
Luis Recasens Siches. Direcciones contemporáneas del pensamiento jurídico. Labor. (1929).
Luis Recaséns Siches. Tratado general de filosofía del derecho. 15ª ed. Porrúa. (2001).
Mariano García-Canales. Principios generales y principios constitucionales. Revista de Estudios Políticos 64. Nueva época . Abril-junio de 1989.
Manuel Aragón. Constitución, Democracia y Control. unam, Instituto de Investigaciones Jurídicas. (2002).
Manuel Atienza y Juan Ruiz Manero. Dejemos atrás el positivismo jurídico. Isonomía 27. Octubre de 2007. Págs. 7-28.
Marcos Francisco del Rosario-Rodríguez. La supremacía constitucional: naturaleza y alcances. Díkaion 20(1). Año 25. Junio de 2011. Págs. 97-117.
María Teresa Vizcaíno-López. Introducción al Estudio del Derecho. Ediciones de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. (2009).
Marta Silvia Moreno-Luce. La importancia de los valores y principios del derecho en la administración de justicia. Revista Letras Jurídicas 6. Julio-diciembre de 2002.
Max Scheler. Ética. Nuevo ensayo de fundamentación de un personalismo ético. Trad. Hilario Rodríguez Sanz. Caparrós. (2001).
Miguel Eduardo Morales-Lizárraga. La controversia Hart-Dworkin en torno a la decisión judicial. Revista Amicus Curiae 2(3). Segunda época. 2013.
Norberto Bobbio. El tiempo de los derechos. Trad. Rafael de Asís Roig. Editorial Sistema. (1991).
Norberto Bobbio. Igualdad y Libertad. Ediciones Paidós Ibérica s. a., i. c. e./u. a. b. (1993).
Norberto Bobbio. Teoría General del Derecho. Temis. (1987).
Pablo Lucas Verdú. Estimativa y política constitucionales. ucm, Facultad de Derecho. (1984).
Pablo Lucas Verdú. Estudio sobre los valores superiores del ordenamiento constitucional español. Artículo 1.1. Ana-les de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas 86. Año lxi. 2009.
Pablo Marshall-Barberán. Los derechos fundamentales como valores. Revista Telemática de Filosofía del Derecho 10. 2006/2007. Págs. 207-228.
Pedro Salazar-Ugarte. Sobre el concepto de Constitución. Ed. Jorge Luis Fabra-Zamora y Álvaro Núñez-Vaquero. Enciclopedia de filosofía y Teoría del Derecho. Volumen i. unam, Instituto de Investigaciones Jurídicas. (2015).
Petra María Thomás-Puig. Valores y Principios Constitucionales. Anuario Parlamento y Constitución 5. 2001. Págs. 129-143.
Rafael Rojina Villegas. La Justicia, valor supremo del Derecho. Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia 39 y 40. Tomo x. Julio-diciembre de 1948. Págs. 239-254.
Riccardo Guastini. La constitucionalización del ordenamiento jurídico: el caso italiano. Estudios de teoría constitucional. unam, Instituto de Investigaciones Jurídicas. (2001).
Risieri Frondizi. Pensamiento axiológico. Antología. Instituto Cubano del Libro-Universidad del Valle. (1993).
Risieri Frondizi. ¿Qué son los valores? Fondo de Cultura Económica. (1994).
Robert Alexy. El concepto y la validez del Derecho. 2ª ed. Gedisa s. a. (2004).
Ronald Dworkin. El Imperio de la justicia. 2ª ed. Trad. Claudia Ferrari. Editorial Gedisa s. a. (1992).
Ronald Dworkin. Los derechos en serio. 1ª ed. Trad. Mar-ta Guastavino. Ariel s. a. (1984).
Sergio Estrada-Vélez. La noción de principios y valores en la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas 41(114). Enero-junio de 2011.
Teresa Freixes-Sanjuán y Jose Carlos Remotti Carbonell. Los valores y principios en la interpretación constitucional. Revista Española de Derecho Constitucional 35. Año 12. Mayo-agosto de 1992.
Urbano Ferrer-Santos. Los valores en el ámbito jurídico. Persona y derecho: Revista de fundamentación de las Instituciones Jurídicas y de Derechos Humanos 9. 1982. Págs. 93-102.
Valentín F. Asmus. Historia de la filosofía antigua. Pueblo y Educación. (1988).
Verónica B. Gauchi. Tutela jurídica del patrimonio documental en la legislación sudamericana. Tesis de la I Maestría en Gestión Documental y Administración de Archivos. Universidad Internacional de Andalucía. (2010). Disponible en http://dialnet.unirioja.es/servlet/tesis?codigo=20842&orden=260903&in-fo=link
Tribunal Supremo de Justicia [Sala Constitucional]. Sentencia 85. (Enero 24 del 2002). Disponible en http://vlex.com.ve/tags/valores-supremo-estado-venezola-no-3720215/page/2?_ga=1.64528431.1403699435.1476383772
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