El Estado colombiano y la responsabilidad patrimonial por el medio ambiente
estudio de caso la minería en Zaragoza, Valle del Cauca.
El presente artículo analiza, a partir de la teoría jurídica de la responsabilidad, el daño antijurídico y la reparación en el proceso de explotación minera aurífera ilegal vivido por el corregimiento de Zaragoza, Buenaventura, Valle del Cauca, Colombia. De manera articular, analiza la responsabilidad atribuible a la administración pública en sus diferentes niveles. El artículo aborda las dos principales corrientes teóricas de la responsabilidad (la objetiva y la subjetiva), reconociendo el tránsito legislativo y jurisprudencial que se hace de una responsabilidad centrada en el elemento culpa-subjetiva a una responsabilidad que se orienta en el factor daño, en la consecuencia-objetiva, la cual es incorporada con rango constitucional por la constituyente de 1991. La Constitución Política de 1991, en su artículo 90, establece la Responsabilidad Patrimonial del Estado sin la exigencia del elemento culpa, de donde es posible colegir que la responsabilidad por daños ambientales es objetiva, pues no exige el elemento culpa para su predicación. Al ser la explotación minera ilegal, se estaría ante un daño ilícito, daño no amparado por la ley, el cual se ocasionó al medio ambiente y como tal la investigación analizará el tipo de daño. De esta manera, se busca establecer si se está frente al daño puro o al daño consecutivo, por el uso de los recursos naturales renovables o no renovables en forma indebida, no regulada, no permitida, sin los permisos, autorizaciones o licencias respectivas.
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