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    El control de convencionalidad y la protección de los derechos humanos en Colombia

    Vol. 16 Núm. 19 (2014)
    Publicado: 2014-06-01
    Lizandro Alfonso Cabrera-Suárez
    Universidad Cooperativa de Colombia- UCC- Sede Cali

    El Estado colombiano se ha comprometido al cumplimiento de los derechos humanos para adaptar las leyes ordinarias a los contenidos del bloque de constitucionalidad. Estas políticas deben diseñarse, regularse, escogerse y aplicarse a los derechos humanos consagrados en convenios y tratados internacionales ratificados por Colombia, de aquí la importancia del cumplimiento de las normas humanitarias por parte de la guerrilla. Por su parte, el Gobierno manifestó que, no habiendo ninguna posibilidad coactiva, ese sería el momento para que la guerrilla demostrara su voluntad de paz, dando cumplimiento a dichos preceptos, ya que es más fácil la solución política negociada del conflicto, mediante la concesión de un cese al fuego bilateral o tregua o, en su defecto, en el desarrollo de una guerra regularizada por las normas del derecho internacional humanitario, toda vez que, en una guerra tan degradada como la que se ha venido desarrollando en Colombia, esto se hace más complejo. El presente trabajo de investigación se realiza desde la teoría dualista, por cuanto el artículo 93 de la Constitución Política de Colombia establece que los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno. Así como los derechos y deberes consagrados en la Carta se interpretarán según los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia. 

    Palabras clave: bloque de constitucionalidad, control de convencionalidad, Corte Constitucional, derechos humanos, tratados internacionales, principios

    Cómo citar

    Cabrera-Suárez, L. A. (2014). El control de convencionalidad y la protección de los derechos humanos en Colombia. DIXI, 16(19). https://doi.org/10.16925/di.v16i19.732

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