Animales silvestres y derecho procesal constitucional
Introducción: en Colombia el derecho procesal constitucional y las acciones contempladas en la Constitución Política, especialmente el habeas corpus, la acción popular y la acción de tutela, tienen una marcada destinación antropocéntrica, lo cual hace inoperante su utilización en favor de las demás especies animales.
Metodología: a través de un análisis documental descriptivo, se indaga por la naturaleza del derecho procesal constitucional y su incidencia en la protección de animales silvestres en Colombia, revisando jurisprudencia y acudiendo al análisis de fuentes.
Hallazgos: si bien se ha avanzado en leyes que impactan la protección animal, la protección y conservación de especies animales, vía jurisdiccional, será nugatoria mientras no se creen nuevas acciones destinadas exclusivamente en favor de los animales no humanos (reconocer una nueva especialidad como el derecho animal), o mientras se premie el interés general del animal sobre el formalismo propio del derecho procesal constitucional.
Conclusiones: la Corte Constitucional, en Sentencia de Unificación 016 de enero de 2020, determinó que el habeas corpus solo es procedente para la protección del derecho fundamental a la libertad de las personas y no es posible su utilización en el caso de los animales no humanos. La protección y conservación de los animales constituye un derecho colectivo de conformidad con los artículos 8, 79, 80, 88, 95-8 de la Constitución Política para lo cual procede acción popular. No obstante, la dependencia del “derecho animal” de otras especialidades del derecho, en el caso preciso del derecho “procesal constitucional”, ha ocasionado obstáculos en la protección real y efectiva de las especies animales silvestres en Colombia.
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