Deconstrucción de las garantías constitucionales de la seguridad social de los informales, desde los principios, en Colombia
Objeto: el presente artículo tiene como objetivo vincular el carácter trilemático principista de la eficiencia, la solidaridad y la universalidad del sistema de seguridad social integral frente a la informalidad en el territorio colombiano, que desconoce garantías mínimas constitucionales y legales que brinda el Estado Social de Derecho en la defensa y protección de derechos inherentes a la condición humana. La seguridad social tiene un carácter fundamental en el Estado Social de Derecho que contrasta con la realidad y, de forma concreta, en el contexto laboral y de la seguridad social del sector informal. La informalidad en Colombia es un reflejo de la injusticia y desigualdad social como consecuencia del fenómeno de la globalización y flexibilización laboral que conduce a una precarización laboral en aumento, pues el Estado restringe y limita derechos con unas características de política pública de exclusión, primacía del modelo económico neoliberal y legalismo jurídico imperante.
Metodología: se elige como referente de investigación el modelo de investigación aplicada al correlacionarse con otras disciplinas del conocimiento y realidades que se articulan con las ciencias sociales. Se asume un enfoque de carácter iusfilosófico que busca el análisis de las normas jurídicas, su correspondencia o discrepancia frente al conjunto de valores y principios de la sociedad, al determinar como eje central de la investigación la relación que existe entre el derecho y la justicia.
Conclusión: la informalidad requiere ser analizada, reconstruida e interpretada desde la filosofía del derecho como deconstrucción al resignificar el derecho laboral y la seguridad social como derechos inherentes al hombre.
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Asamblea Nacional Constityente. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA. Bogotá: ECOE Ediciones. (1991).
Banco Mundial. REPORTE DE LAS ECONOMÍAS MUNDIALES. Washington D.C.: Banco Mundial. (2017).
Cancillería de Colombia. Presidente Santos anunció el ingreso de Colombia a la OCDE. 25 de mayo de 2018. Disponible en https://www.cancilleria.gov.co/en/newsroom/news/presidente-santos-anuncio-ingreso-colombia-ocde
César Augusto Bernal Torres. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN. México D.F.: Pearson Educación. (2006).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA T-406 de 1992 (M.P. Ciro Angarita Barón; junio 5 de 1992).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-450 de 1995 (M.P. Antonio Barrera Carbonell; octubre 4 de 1995).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-739 de 2002 (M.P. Jaime Córdoba Triviño; septiembre 10 de 2002).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-399 de 2007 (M.P. Jaime Araújo Rentería; mayo 23 de 2007).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-1041 de 2007 (M.P. Humberto Antonio Sierra Porto; diciembre 4 de 2007).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA T-085 de 2012 (M.P. Humberto Antonio Sierra Porto; febrero 19 de 2012).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-438 de 2013 (M.P. Alberto Rojas Ríos; julio 10 de 2013).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA T-039 de 2017 (M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado; enero 30 de 2017).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA T-067 de 2017 (M.P. Aquiles Arrieta Gómez; febrero 3 de 2017).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-211 de 2017 (M.P. Iván Humberto Escrucería Mayolo; abril 5 de 2017).
Corte Constitucional de Colombia. SENTENCIA C-028 de 2019. (M.P. Alberto Rojas Ríos; enero 30 de 2019)
Gerardo Arenas Monsalve. EL DERECHO COLOMBIANO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Bogotá: Legis. (2011).
Jorge Olvera-García. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA PARA LA INVESTIGACIÓN Y LA ELABORACIÓN DE TESIS DE LICENCIATURA Y POSGRADO. México D.F.: Universidad Autónoma del Estado de México. (2015). Disponible en https://ri.uaemex.mx/bitstream/handle/20.500.11799/21701/Olvera%2c%20Metodolog%c3%ada%20para%20la%20investigaci%c3%b3n.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Lizandro Alfonso Cabrera. El significado real de que Colombia sea un Estado Social de Derecho. DIXI 27. Abril 2015. Págs. 1-15. doi: https://doi.org/10.16925/di.v20i27.2390
Centro de Investigaciones Socio Jurídicas. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN DERECHO. Bogotá: Universidad Libre. (2004).
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal). ECONOMÍAS DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE. Santiago de Chile: ONU. (2018).
Congreso de la República de Colombia. Ley 100 de 1993. Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones. Diciembre 23 de 1993. DO 41.148.
Congreso de la República de Colombia. Ley 1801 de 2016. Por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Julio 29 de 2016. DO 49.949.
Congreso de la República de Colombia. Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. 2019. Disponible en https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Prensa/PND-2018-2022.pdf
Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). Medición de empleo informal y seguridad social. Trimestre móvil septiembre-noviembre 2019. 25 de abril 2019. Disponible en https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/boletines/ech/ech_informalidad/bol_ech_informalidad_sep19_nov19.pdf
H. L. A. Hart. EL CONCEPTO DE DERECHO. Buenos Aires: Abeledo Perrot. (1998).
Immanuel Kant. FUNDAMENTOS DE LA METAFÍSICA DE LAS COSTUMBRES. Madrid: Pedro M. Rosario Barbosa. (1921).
Jacques Derrida. LA ESCRITURA Y LA DIFERENCIA. Barcelona: Anthropos. (1989).
Jacques Derrida. LA VOIX ET LE PHENOMENE. París: Quadrige. (1993).
Juan Antonio Cruz Parcero. Los métodos para los juristas. Coords. Christian Courtis y Manuel Atienza Rodríguez. OBSERVAR LA LEY: ENSAYOS SOBRE METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA. Madrid: Trotta. (2006). Págs. 17-40.
Karl Marx. MANUSCRITOS ECONÓMICOS Y FILOSÓFICOS DE 1844. Bonn: Biblioteca Virtual Universal. (1844).
Martin Heidegger. EL SER Y EL TIEMPO. México D.F.: Fondo de Cultura Económica. (1993).
Noticias Caracol. “A la calle hay que oírla”: las críticas del Procurador a varias iniciativas del Gobierno. Entrevista a Fernando Carrillo. 4 de febrero de 2020. Disponible en https://noticias.caracoltv.com/politica/la-calle-hay-que-oirla-las-criticas-del-procurador-varias-iniciativas-del-gobierno
Noticias Caracol. “Hay muchas personas que trabajan por horas”: Duque sobre polémica propuesta de la Ministra Arango. Entrevista a Iván Duque. 6 de febrero de 2020. Disponible en https://noticias.caracoltv.com/politica/hay-muchas-personas-que-trabajan-por-horas-duque-sobre-polemica-propuesta-de-la-ministra-arango
Organización de Naciones Unidas (ONU). COLOMBIA RURAL: RAZONES PARA LA ESPERANZA. INFORME DESARROLLO HUMANO COLOMBIA. Nueva York: PNUD. (2011).
Organización Internacional del Trabajo (OIT). TRABAJO DECENTE Y LA ECONOMÍA INFORMAL. Ginebra: OIT. (2002).
Organización Internacional del Trabajo (OIT). OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE. Ginebra: OIT. (2015). Disponible en https://www.ilo.org/global/topics/sdg-2030/lang--es/index.htm
Organización Internacional del Trabajo (OIT). RECOMENDACIÓN SOBRE LA TRANSICIÓN DE LA ECONOMÍA INFORMAL A LA ECONOMÍA FORMAL. Ginebra: OIT. (2015). Disponible en https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---relconf/documents/meetingdocument/wcms_379098.pdf
Organización Internacional del Trabajo (OIT). ESTUDIOS SOBRE EL CRECIMIENTO CON EQUIDAD. Ginebra: OIT. (2016).
Paulo Raúl Bonorino y Jairo Iván Peña. FILOSOFÍA DEL DERECHO. Bogotá: Consejo Superior de la Judicatura. (2006).
Robert Alexy. TEORÍA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. (2002).
Roberto Hernández-Sampieri, Pilar Baptista Lucio y Carlos Fernández Collado. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN. Bogotá: Editorial Panamericana. (1997).
Américo Plá Rodríguez. LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO DEL TRABAJO. Buenos Aires: Depalma. (1998).
Ronald Dworkin. LOS DERECHOS EN SERIO. Barcelona: Ariel. (1989).
Ronald Dworkin. LA JUSTICIA CON TOGA. Madrid: Marcial Pons. (2007).
Ronald Dworkin. EL IMPERIO DE LA JUSTICIA. Barcelona: Gedisa. (2012).
José Manual Salazar-Xirinachs y Juan Chacaltana. Políticas de formalización en América Latina. Avances y desafios. Lima: OIT Oficina Regional para América Latina. (2018). Disponible en https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/documents/publication/wcms_645159.pdf
W Radio. Mintrabajo celebró aprobación de artículos dentro PND que promueven trabajo decente. Entrevista a Alicia Arango, ministra de Trabajo. 8 de mayo de 2019. Disponible en https://www.wradio.com.co/noticias/actualidad/mintrabajo-celebro-aprobacion-de-articulos-dentro-del-pnd-que-promueven-trabajo-decente/20190508/nota/3900261.aspx




