Empresas sociais e sociedades comerciais : ¿realidades convergentes o divergentes?

Artículo de Investigación
Deolinda Meira

Politécnico do Instituto Superior de Contabilidade e Administração do Porto

Maria Elisabete Ramo

Universidade de Coimbra

El presente artículo trata la relación entre las sociedades comerciales y las empresas sociales. En primer lugar, identifica y analiza las iniciativas adoptadas por las instituciones de la Unión Europea en materia de empresas sociales. Luego, aborda las soluciones legislativas acogidas por varios Estados-miembros. Por último, examina el ordenamiento jurídico portugués. A pesar de que la Unión Europea cuenta con varias iniciativas dirigidas a las empresas sociales, este es un tema no armonizado. En este contexto, varios Estados-miembros incorporaron legislación específica sobre empresas sociales en sus ordenamientos, pero los modelos de legislación son distintos, así como la regulación jurídica adoptada. De las varias iniciativas de la Unión Europea sobre empresas sociales, es posible concluir tres aspectos: las sociedades, al cumplir ciertos requisitos, puedenser consideradas empresas sociales; el ordenamiento jurídico portugués no regula las empresas sociales de forma expresa ni genérica; y la creación de figuras híbridas destinadas a acomodar las particularidades de las empresas sociales depende de la intervención del legislador portugués.

Palabras clave: empresa social, Ley de Bases portuguesa, economía social, sociedades comerciales
Publicado
05-04-2019
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https://plu.mx/plum/a/?doi=10.16925/2382-4220.2019.01.04